Redacción - La Estrella
Dos protagonistas bajo las mismas condiciones, conducían sus respectivos vehículos bajo los efectos del alcohol.
El desenlace los marcará para siempre. Su conducta le arrebató la vida a Karla Quezada Villalabos de 21 años, en junio del años pasado.
La Ley Emilia endureció las condenas para quienes cometían este tipo de acciones.
Luego de poco más de un año, la familia de la muchacha que perdió la vida conoció la condena de ambos culpables.
Tres años y un día de prisión. Inhabilitación para obtención de licencia de conducir o suspensión si la tuviere por dos años, el pago de una multa a beneficio fiscal de ocho unidades tributarias mensuales (UTM) y a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante tres años y un día.
Pero, reuniéndose los requisitos legales, se sustituye a los sentenciados el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la de libertad vigilada intensiva.
Lo anterior se traduce en la presentación al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio y cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento.
La ejecución de las penas sustitutivas quedarán en suspenso por un año, tiempo durante el cual cada uno de los condenados deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad.
Se trata de los dos primeros condenados por la Ley Emilia en Calama, tras protagonizar un accidente con resultado de muerte.
El primero caso en la provincia se registró en la ciudad de San Pedro, donde un hombre atropelló a un vecino y luego escapó sin prestar ayuda.
El responsable cumplió su condena en libertad, pero nunca más podrá conducir vehículo como parte de su condena.